III.-DISPOSITIVA
Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Muñoz (Mantecal) De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, Declara: " PARCIALMENTE CON LUGAR" SOLICITUD DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, a favor de los adolescentes (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Del Adolescente), hijos de los ciudadanos LUIS JOSE AGUILERA y NILDA COROMOTO ARRIZAGA, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera:
PRIMERO: Aportar Mensualmente la cantidad de MILQUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,00) MENSUALES por concepto de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; monto que debe ser descontado de su salario mensual. Y Así se declara.-
SEGUNDO: Aportar ADICIONALMENTE la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES (7.000,00 BS), como BONO NAVIDEÑO, en el mes.....