PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada en fecha 19 de marzo de 2007 por el abogado JUAN CÓRDOBA actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia dictada del tribunal a-quo, de fecha 21 de febrero de 2007.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD ORDINARIA incoada por el ciudadano JESÚS ANTONIO ZAPATA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.520.765 y de este domicilio, en contra del ciudadano OMAR ALFONSO PÉREZ ESTEBAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.592.123 y de este domicilio. Y así se decide.
TERCERO: CONFIRMADA en toda y cada una de sus partes la sentencia de fecha 21 de febrero de 2007, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, la cual declaró SIN LUGAR la demanda de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD O.....