DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Dennis Alberto Orta Puerta, en representación del sentenciado Ramón Celestino Parra, contra la decisión condenatoria dictada en fecha 17JUN09, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en la causa Nº 2U-423-08.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; que declara culpable al ciudadano Ramón Celestino Parra, a cumplir la pena de dieciséis (16) años de prisión, por la comisión del delito de violación agravada, previsto.....