REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS
San Fernando de Apure, 19 de Enero del año 2018
207° y 158°
En virtud de que no se logro ubicar el domicilio procesal del ciudadano ANGEL GABRIEL GARRIDO, en su carácter de parte solicitante, en la presente solicitud de Titulo Supletorio, este Tribunal en aras de mantener la estabilidad del juicio, ordena su notificación, en la sede de este Tribunal, de conformidad con el Articulo 174 del Código de Procedimiento Civil, y Sentencia Vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24-04-2003, en el cual se establece lo siguiente: "Así tenemos que la ultima parte del Articulo 174 Ejusdem, regula la falta de indicación del domicilio procesal de las partes, y a tales efectos dispone su constitución supletoria en la sede del Tribunal.". En consecuencia y visto lo anterior se.....