DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Diferir la Concesión y Ejecución de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena hasta tanto se le realice al penado el Informe Psicosocial, por el organismo competente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
SEGUNDO: Se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del penado EDER EDUARDO LAYA LAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.607.369, de profesión u oficio obrero, con residencia en la calle principal del Barrio Jaime Lusinchi, casa Nº 33 donde esta el Taller de Herrería el Indio San Fernando de Apure, Estado Apure. Hasta tanto reúna los requisitos de Ley para optar a una de las Formulas Alternati.....