Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada La Perención y Extinguida La Instancia en el RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD, interpuesta por el ciudadano JAIME EDIBERTO MITTILO DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº10.617.138, debidamente representado por los abogado en ejercicio WILFREDO CHOMPRE y ANTONIO JOSE ALVARADO inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo los Nros. 34.179 y 60.019, contra la GOBERNACIÒN DEL ESTADO APURE.-
Segundo: Se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.-