El Tribunal SUSPENDE la ejecución de la presente Medida vista que la Notificada niega el acceso a la vivienda y por cuanto la Comisión se trata de una Medida Preventiva de Embargo, así mismo deja constancia que la Notificada SE NEGÓ a firmar la presente Acta, manifestando que ella no tiene nada que ver con la presente Demanda, es todo. Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 10:30 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-