En merito de las anteriores consideraciones este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTACIA de conformidad con el artículo 267, ordinal 1° del Código de Procedimiento civil, en la presente causa, seguida por la parte demandante ciudadano HILDEMARO COLMENARES con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana JOSEFA NEYRA SOSA DE QUINTERO, contra el ciudadano: CRISPIN ANTONIO LARA, ambos plenamente identificados en autos.
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho de este Tribunal, a Diecinueve (19) días del mes de Julio de 2.006. AÑOS: 196 º de la Independencia y 147º de la Federac.....