D E CI S I ON
Por todos los razonamientos antes expuestos, este tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de control del Circuito judicial penal del estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 43, 44 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal. CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano LUIS EDUARDO ACOSTA, antes identificado, por la comisión del delito de lesiones PERSONALES CULPOSAS GRAVÍSIMAS, previstas y sancionadas en el artículo 416 del Código Penal en concordancia con el artículo 422 ejusdem.
La presente decisión fue publicada en audiencia de esta misma fecha 19 de septiembre de 2003.
LA JUEZ
DRA. FRANCIS ACOSTA OSTO.
EL SECRETARIO
DR. EDWIN BLANCO.
CAUSA N° 3023-03