Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA por la abogada YARITZA KARIN BARILLAS, contra la decisión de fecha dos (02) de febrero de 2007, suscrita por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual declaró el desistimiento del procedimiento intentado. Se confirma la decisión apelada dictada por el Tribunal A-quo en la fecha antes indicada. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada en este Tribunal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veinte (20) días del mes de septi.....