Con fundamento en las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, declara SIN LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana ROSA EMELINA RONDÓN, venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. V- 8.194.061, representado por el abogado VICTELIA MAVEL RODRÍGUEZ DE MALDONA y ROSA EMILIA RANGEL, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nro. 109.744 y 111.934, mediante la cual solicita el pago de sus PRESTACIONES SOCIALES en el cumplimiento de la obligación correspondiente del ESTADO APURE.