"(...) PRIMERO: Se CONFIRMA el fallo en consulta, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, dictado en fecha nueve (9) de diciembre de 2015, el cual declaró: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales, intentada por el Ciudadano CUCUNUBA CARRERO HECTOR JULIO ISMAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.091.230, debidamente representado por el Abogado MARCOS GOITÍA, titular de la cédula de identidad N° 11.756.223 y debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.239, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, y como consecuencia de ello se condena a pagar lo siguiente: por concepto de Antigüedad Nuevo Régimen, la Cantidad de DOCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 12.789,00), por concepto de Intereses, la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS NUEVE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CINCO (Bs. 4.209,55), por concepto Total de Vacaciones.....