Por las consideraciones antes expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE la Demanda de ACCIÓN REINVINDICATORIA, incoada por la ciudadana ANA ZULAY VERENZUELA BRIZUELA, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la cédula de identidad No.- 10.620.102, debidamente asistida por el Abogado ANGEL ABRAHAM BOLIVAR, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 197.876, en contra de las ciudadanas AGUEDA CUPERTINA VERENZUELA Y LENNY YUBISAY GARCIA VERENZUELA, Venezolanas, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 2.224.206 y 15.513.844 respectivamente.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Diecin.....