IV. DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la autoridad que le confiere la ley, declara: INADMISIBLE el presente libelo de demanda interpuesto por el ciudadano: JOSE GABRIEL GOMEZ, contra ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO, ambas partes suficientemente identificadas en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 del Ley Orgánica Procesal del Trabajo.