PRIMERO: SE ADMITE EN SU TOTALIDAD LA ACUSACION presentada ASI COMO LAS PRUEBAS OFERIDAS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto este Tribunal en su función reguladora debe garantizar la defensa del acusado, lo considera adherido a las pruebas presentadas por la representación fiscal en virtud del Principio De la Comunidad de la Prueba.
SEGUNDO: Se acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de un (01) Año, a partir de la presente fecha, acordándose establecer el día 19 DE DICIEMBRE DE 2.008, a las 2:30 PM , a los fines de la verificación de las condiciones impuestas las cuales son las siguientes:
1.- Realizar trabajos comunitarios en al Escuela Básica El Progreso, ubicada en el Sector San Miguel de Cinaruco, Municipio Pedro Camejo, consistente en 04 HORAS EN UN DIA, CADA 15 DIAS POR 4 MESES.
2.- Practicar cursos de preparación y orientación en el Ministerio del Ambiente respecto a la caza ilícita, para lo.....