ACUERDA: PRIMERO: Dejar sin efecto Orden de Captura librada en contra del ciudadano (SE OMITE LA IDENTIFICACION DEL ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTE). SEGUNDO: Se modifica la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de la Libertad impuesta al momento de la celebración de la audiencia de presentación de imputado y se ordena en este acto el cumplimiento de la establecida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, como son las presentaciones y oída como fue la solicitud hecha por la Defensa Pública de que en caso de que la Medida Cautelar Sustitutiva a la privación de la Libertad que se le fuere a imponer sea la de presentaciones, las cumpla ante Destacamento Policial Fronterizo Nº 07 de El Nula, Estado Apure, por cuanto es allí donde su representado tiene su residencia, este Tribunal así lo acuerda e impone al imputado presentaciones cada .....