En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2. Admite la Reforma del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares Conjuntamente con solicitud de Acción de Amparo Cautelar interpuesto por el ciudadano Crithian Javier Carreño Perales, titular de la cédula de identidad N° V-18.545.538, debidamente asistido por la abogada Victelia Mavel Rodriguez de Maldonado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el N°. 109.744. contra la Gobernación del Estado Apure (Comandancia General de Policia del Estado Apure).
3. Procedente la solicitud de Amparo Cautelar, y en consecuencia se ordena la suspensión de los efectos del a.....