Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES), CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN SUR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento efectuado por los ciudadanos abogado MARCOS GOITIA, procediendo en este acto con el carácter de apoderado judicial de la demándate en autos la ciudadana, QUINTERO RODRIGUEZ BRICEIDA DEL CARMEN, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.032.191, y la ciudadana ARMANDA ARTEAGA HERNANDEZ, actuando en su condición de PROCURADORA GENERAL DEL ESTADO APURE, haciendo uso de las facultades expresamente delegadas mediante Resolución del Procurador General del Estado Apure, y estando debidamente autorizado por el ciudadano CAP (E) JESÚS ALBERTO AGUILARTE GAMÉZ, Gobernador del Estado Apure, según autorización expresa de fecha 12/07/06. Como consecuencia de la anterior declaratoria y de con.....