Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR EFECTO DE LA PERENCION BREVE en la presente demanda de Atraso de Pensión de Alimento, instaurada por la ciudadana YELITZA JOSEFINA LUQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.611.192, con domicilio en la calle 23 de Enero de la población de Cunaviche, Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, en representación de los hermanos XXXXXXXXXXXXXXXXXX, en contra del ciudadano ALESANDRI TEODORO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.433.381, con domicilio en el sector El Perro, Fundo Buenavista, Parroquia Cunaviche, Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, de conformidad a lo establecido en los artículos 267 ordinal 1º y 269 del Código de Procedimiento Civil. Así se de.....