El Tribunal vista la solicitud efectuada por la parte actora asistido de abogado y la manifestación realizada por la Depositaria Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Restituye en la posesión del Lote de Terreno anteriormente descrito al ciudadano RIGOBERTO CARDOZA, anteriormente identificado totalmente desocupado tanto de persona como de bienes muebles dejando constancia que para el cumplimiento formar de la presente ejecución Forzosa se acordó la destrucción de la estructura construida con paredes de bloque y techo de acerolit, construido sobre el lote de terreno objeto del presente litigio