Vista la incomparecencia de las partes, y por cuanto de la revisión de la presente causa se evidencia que en fecha 22 de Enero de 2004, este Tribunal, acordó librar Orden de Aprehensión en contra de los ciudadanos LICET CABELLO EVERT, RONALD RAFAEL HERNANDEZ MARCHENA, a solicitud de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, y hasta la fecha solo se ha hecho efectiva la aprehensión solo del imputado LICET CABELLO EVERT, a quien en fecha 11 de Agosto de 2006, se le impuso Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, quedando por efectuarse la aprehensión del ciudadano RONALD RAFAEL HERNANDEZ MARCHENA, en tal sentido, quien aquí decide, acuerda dejar sin efecto la fijación de la presente Audiencia Especial, hasta tanto se haga efectiva la aprehensión del imputado antes mencionado, para lo cual se oficiara a los diferentes organismos de seguridad. De igual forma por cuanto se ha tenido conocimiento que el ciudadano LICET CABELLO EVERT, se encuentra privado de libertad por otra .....