Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar la Querella Funcionarial (Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Conceptos), interpuesto por la ciudadana Norma Yanellys Urbina García, venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 14.602.712, representada judicialmente por el abogado Juan Evaristo López Coello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.959, contra la Alcaldía del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure; ello con fundamento a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se ordena la cancelación de las prestaciones sociales e intereses moratorios adeudados.