RATIFICA la Medida Colocación Familiar en Familia Sustituta, a favor de los Hermanos Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, bajo la responsabilidad de la ciudadana EGLEE COROMOTO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad de identidad Nro. V-8.193.048, en los mismos términos establecidos en la Sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial en fecha 12-06-2014, hasta tanto sean reintegrados a su familia de origen.-