Con base a los razonamientos precedentes este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de Cinco (05) meses, de prisión, al penado BAUTISTA TORRES JOSE ALIRIO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No. C.C.-88.161.231, de ocupación obrero, natural de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, nacido en fecha 20 de octubre de 1977, hijo de Gladis Torres y Arcenio Bautista; quien fue condenado por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para cuando ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de la SALUD PUBLICA. De confo.....