DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: La nulidad absoluta del acto mediante el cual se practico la detención policial de los ciudadanos TORRES PADILLA EDWINS MANUEL, titular de la cédula de identidad N° 18.147.924 y GUADAMO HERRERA LUIS GONZALEZ titular de la cédula de identidad N° 19.816.045, materializada en horas de la tarde del día 18-02-05, por funcionarios adscritos a la Comandancia General de la Policía, cuyo acto recoge el acta policial inserta a los folios 04 y 05 del expediente, de conformidad a las previsiones del articulo 25, 44 ordinal 1° y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 190, 191, y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, y en cuanto al delito .....