Por las razones anteriores expuestas, Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer sobre la presente causa contentiva de RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD ( Querella Funcionarial) incoado por la ciudadana MAIRA ESMERALDA AGRINZONES CAMEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.998.767, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARCOS GOITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 11.756.223 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 75.239 en contra la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BIRUACA DEL ESTADO APURE.
2.-DECLINA LA COMPETENCIA ante el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Jurisdicción Laboral de .....