CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto formulada por la ciudadana KATHERINE MAILUZ ROJAS CARRIZALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.702.659, en contra del ciudadano REYES ANTONIO MONGUA MACIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V° 19.689.770, debidamente asistido por el Abogado JUAN INES GRATEROL CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 156.987, padres biológicos del Niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), conforme al criterio de la doctrina emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la Sentencia Nro. 1.070, de fecha 09-12-2016, la cual rie.....