Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por el abogado Antonio Aaysenn Franco Tovar, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Apure, signado con el EXP-T.S.A-IN-0290-23, de la nomenclatura particular de este Juzgado Superior Agrario, en el juicio de Cumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios, seguido por la abogada Juana Ermelinda Mejía, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.599.185, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 193.916, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Obdulia Celenia Díaz de Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.141.163, en contra del ciudadano Manuel.....