PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto en fecha 01 DE NOVIEMBRE DE 2005, por la apoderada de la parte querellada abogada Victelia Mavel Rodríguez de Maldonado, contra la decisión de fecha 31 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado Segundo De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito Y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, en la cual declaro CON LUGAR la querella interdictal por despojo intentada por el Abogado José Francisco Rattia Corona, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARIA PAULA Pérez DE TIRADO, MARCELO RAMÓN Pérez, MARIA MAGDALENA Pérez Y OMAIRA JUSTINA Pérez; y en consecuencia de ello: se acordó la restitución a los querellantes sobre el lote de terreno del lindero sur del Fundo Santa María debidamente descrito en los autos.
SEGUNDO: CON LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO intentada por los ciudadanos MARIA PAULA PÉREZ DE TIRADO, MARCELO RAMÓN PÉREZ, MARIA MAGDALENA PÉREZ Y OMAIRA JUSTINA PÉR.....