Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los ciudadanos DANNY YADIRA BARILLAS FARÍAS, YENY MAHILE PEREZ, MARÍA EUGENIA GUARATE MARCIALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 12.579.763, 10.012.212 y 10.133.731, debidamente representados por el abogado en ejercicio VÍCTOR ARMINIO ALTUNA GARCÍA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.579.763 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.118 contra Ordenanza del Consejo de Protección del Niño y el Adolescente del Municipio Páez del Estado Apure.
2. ORDENA la remisión del presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.