CAPITULO II
DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el Vinculo Matrimonial, contraído por los ciudadanos ALFREDO JOSE TERAN BARAZARTE y CARMEN ELOINA DELGADO SIDRAN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 5.130.476 y Nº V-8.157.203 respectivamente, el cual contrajeron en fecha 29 de Diciembre del Año 1.978, por ante la Prefectura del Municipio Mucuritas del Estado Apure, según acta Nº 05 de la misma fecha.-
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Veintiún (21) días del Mes de Mayo del Año Dos Mil Siete. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL
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