DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se admite la pretensión en fecha 25-2-2016 por la GRISELIA RAMIREZ, Defensora Pública Primera en materia de Violencia de Genero adscrita a la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensora de EDGAR RAFAEL GIL, LEANDRO GABRIEL HIDALGO y DAVID LEONARDO HERNÁNDEZ.
SEGUNDO: Declara inadmisible por extemporánea, de conformidad con el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, las pretensiones interpuestas el 25-2-2016 por la Abg. OLGAMAR FERNANDEZ, Defensora Pública Auxiliar Segunda en materia de Violencia de Genero adscrita a la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensora de DURAN GAVIDIA DAISON Y.....