D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la Inhibición propuesta por la Dra. ANNABELLA FRANCO MALDONADO, Juez de la Causa, en el juicio de CUSTODIA incoado por el ciudadano ALFREDO RAMON FRANCO CASTILLO contra DAISIS DAIREN TORRES RODRIGUEZ, padres de la niña DAIMAR ALEJANDRA FRANCO TORRES, de (03) meses de nacida.
SEGUNDO: Remítase el expediente al Tribunal de origen para que la ciudadana juez que se inhibe solicite ante la rectoría de esta Circunscripción Judicial, un suplente especial para la continuación de la presente causa.