En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por el Abogado Carlos Espinoza, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, mediante Acta de Inhibición de fecha uno de agosto de 2011, en el juicio de cobro prestaciones sociales, seguido por el ciudadano NESTOR GUSTAVO PUERTA; Segundo: Se ordena remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Coordinación Laboral del estado Apure, para que remita al Juez que le corresponda conocer la presente causa.