Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, resuelve:
Único: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la presente demanda por Cobro de Bolívares por Intimación, ejercida por el ciudadano Luis Oswaldo Hidalgo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.196.761, debidamente representado por el abogado Néstor Alfredo Laya, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 99.553, contra el ciudadano Héctor Protacio Hidalgo, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.229.610Publíquese, Regístrese, Diarícese.