Vista la diligencia inserta al folio 370, suscrita por el abogado HECTOR SALVADOR PARRA Inpreabogado N° 78.978, en su carácter de apoderado judicial la parte demandada en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO, mediante la cual interpone Recurso de Casación contra la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 25 de Octubre del 2007, el Tribunal por cuanto el Recurso de Casación contra la citada sentencia ha sido anunciado en tiempo hábil, lo admite de conformidad con el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil y a la Jurisprudencia dictada por la Sala Constitucional en el expediente Nº 05-0309 de fecha 12 de Julio del año 2005, en virtud del criterio vinculante del fallo y en consecuencia, ordena remitir el expediente original al Tribunal Supremo de Justicia Sala de Casación Civil, junto con oficio, bajo conocimiento y constancia de su foliatura.