Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Formalmente Embargado Preventivamente el 50% de las Prestaciones Sociales correspondiente a la Demandada ciudadana JULIA REMIGIA PAZ, quien se desempeña como Ecónoma adscrita a la Secretaria Regional de Educación del Estado Apure, la parte actora asistida de Abogado solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso: Ejecutado el Embargo Preventivo solicitado a este honorable Tribunal Ejecutor de Medidas, se oficie y se remita copia certificada de todo el Despacho de Comisión, con acuse de recibo, a las siguientes direcciones: Dirección de Administración, Tesorería General del Estado Apure, Secretaría de Educación, Oficina de Personal de Educación, Dirección de personal del Ejecutivo del Estado Apure, Oficina de Analista Adscrita a la Dirección de Recursos Humanos del Ejecutivo del Estado Apure y una copia Certificada del presente Despacho de Comisión para mi pers.....