Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales), interpuesto por el ciudadano José Asención Arrioja, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-3.441.270, debidamente representada por el abogado en ejercicio Erick José Martínez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 58.869, contra Alcaldía del Municipio Muñoz del Estado Apure, ello con fundamento a lo expresado en la motiva del presente fallo.