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Decisiones del dia 22/02/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 323-07 N° Sentencia : 007 Fecha: 22/02/2007
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA L.O.P.N.A., SE OMITEN TODOS AQUELLOS DATOS QUE DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA IDENTIFIQUEN A LOS NIÑOS O ADOLESCENTES
Resumen:
este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, al presente convenimiento y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. En consecuencia, el obligado deberá depositar la cantidad de Doscientos Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 225.000, oo), mensuales por concepto de Obligación Alimentaria, y en el mes de Diciembre la cantidad de un trescientos mil Bolívares (Bs. 300.000 Bs.) para comprarle los estrenos al niño, la mensualidad deberá ser depositada en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto se ordena aperturar en el Banco de Fomento Regional Los Andes Banfoandes. Sucursal Elorza. Líbrese oficio. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Hernan José Baena Serrano
Organo:
Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos
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N° Expediente : 324-2007 N° Sentencia : 008 Fecha: 22/02/2007
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA L.O.P.N.A., SE OMITEN TODOS AQUELLOS DATOS QUE DE MANERA DIRECTA O INDIRECA IDENTIFIQQUEN A LOS NIÑOS O ADOLESCENTES
Resumen:
este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, al presente convenimiento y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. En consecuencia, el obligado deberá depositar la cantidad de Quinientos Mil Bolívares (Bs. 500.000, oo), mensuales por concepto de Obligación Alimentaria, en el mes de Septiembre deberá contribuir con la cantidad de Quinientos Mil Bolívares (Bs. 500.000, oo) referente a los útiles escolares y uniformes, y en el mes de Diciembre con la cantidad de un millón de Bolívares (1.000.000 Bs.) para comprarle los estrenos a las niñas, la mensualidad deberá ser depositada en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto se ordena aperturar en el Banco de Fomento Regional Los Andes Banfoandes. Sucursal Elorza. Líbrese oficio. Cúmplase
Juez/Ponente:
Hernan José Baena Serrano
Organo:
Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos
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