DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio y en consecuencia queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos MANUEL ANTONIO MORENO Y LIDA NIRBELLA ROMERO ARTAHONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N°s V-11.235.777 y V-15.041.391, respectivamente, contraído el día 22 de Junio de 1998, por ante la Prefectura del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure. Expídase las copias certificadas que las partes soliciten. Publíquese y Regístrese la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en Elorz.....