Por cuanto se observa que se encuentra firme la Sentencia de Divorcio, dictada por éste Tribunal en fecha 13-03-2009, este Tribunal de Oficio ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 475 del Código Civil Vigente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 del Código de Procedimiento Civil.