En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE LUGAR la demanda de Revisión de Obligación de Manutención intentada por el Ciudadano: JESUS ENRIQUE TORRES CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.754.057, asistido en este acto por el Abogado BOLIVAR BOLIVAR ANGEL ABRAHAM, Inpreabogado No. 197.876, en contra de los hermanos: Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 20, 18 y 16 años de edad, representados legalmente por la madre ciudadana BOLIVAR SILVA CELIDA ANTONIA.-