El Tribunal visto el pedimento anterior hecho por la parte actora asistido de Abogado, Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formalmente Secuestrados los bienes muebles e inmuebles mencionados y descritos anteriormente y declara la desposesión jurídica de los mismos. Seguidamente la parte Actora asistida de Abogado solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue expuso: Solicito al Tribunal designe como Depositario Judicial de los bienes secuestrados al ciudadano RAFAEL DE JESUS JIMENEZ REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.849.929, es todo, el Tribunal vista la solicitud anterior, hecha por la parte actora, asistido de Abogado, procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano RAFAEL DE JESUS JIMENEZ REINA, antes identificado, quien estando presente acepto el cargo y jura cumplir bien y fielmente con los derechos y deberes inherentes al cargo. Seguidament.....