DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos MAX JOSE JESUS DE LA MILAGROSA GUZMAN DUARTE y PAOLA VALENTINA GUZMAN DUARTE, de este domicilio, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus MIRIAM COROMOTO DUARTE FERNANDEZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 9:00 a.m., del día veintidós (22) del mes de Septiembre de Dos Mil Quince (2.015). Años 205º de la Independencia y 156º de la federación.
EL Juez
Abog. Francisco Javier Padrón
La Secretaria Titular;
Abog. María M Aranguren T.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, confo.....