DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de Libertad a favor del ciudadano: ÁNGEL MISAEL GUTIERREZ venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 17.609.927, soltero, natural del Municipio Achaguas, nacida el 01-11-77 y residenciado en el Barrio Las Malvinas calle Urdaneta al final frente al deposito de arena, en la Población de Achaguas Municipio Achaguas, Estado Apure, hijo de Daniel Silva y Francisca Maria Gutiérrez; de conformidad al articulo 256 ordinales 3ro y 8vo del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 258 Ejusdem. En consecuencia queda obligado el citado imputado a: A.- Realizar presentaciones periódicas por ante la Prefectura de la población de Achaguas Municipio A.....