PRIMERO: Con lugar la apelación formulada por el abogado Alexis Rafael Moreno López, en contra de la sentencia del a quo de fecha 26 de noviembre del año 2002.
SEGUNDO: Revocada en todas sus partes la sentencia apelada.
TERCERO: Con lugar la acción mero-declarativa de propiedad y de inexistencia de derecho de propiedad incoada por los ciudadanos Mayaning Coromoto Laprea de Corrales y Mario José Corrales, venezolanos, mayores de edad, recíprocamente cónyuges, titulares de las cedulas de identidad No. 9.595.336 y 9.876.160, respectivamente, domiciliados en la ciudad de San Fernando de Apure, en contra de los ciudadanos: Narcisa Mercedes Cortes de Castillo y Carmelo Onofre Castillo, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 8.160.175 y 8.152.068, respectivamente, domiciliados en jurisdicción del Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, cuyo objeto lo constituye un inmueble consistente en: una casa de habitación familiar, con un gal.....