Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud formulada por la ciudadana ARIADNA ELISMAR GUTIERREZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-31.084.580, actuando a favor y en representación legal de su hermano, el niño (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
SEGUNDO: Se AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana: ARIADNA ELISMAR GUTIERREZ GUERRERO, en representación legal de su hermano el niño (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y .....