D I S P O S I T I V A:
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Fundamentado en las razones que anteceden, DECLARA CONCLUIDO EL PRESENTE PROCESO, en la figura del DESISTIMIENTO, todo de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-.
Diarícese, déjese copia, publíquese, archívese.-
La Jueza Tit.,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publicó la anterior sentencia, siendo las 12:30 de la tarde, hoy 23-02-07-Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria