DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Mixto Segundo de Primera Instancia en lo Penal, constituido con Escabinos, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, CON VOTO SALVADO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22, 365 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal, declara: INOCENTE a la Ciudadana MILA DAYANA VILLAZANA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.805.506, soltera, natural de esta ciudad de San Fernando, reside en el Barrio "Dios Con Nosotros", Calle Principal, Casa N° 45 de color azul clarito con techo azul (de las casas nuevas) Municipio San Fernando, Estado Apure, de 29 años de edad, nacido en fecha 18-06-77, de ocupación Del Hogar, hija de María Villazana y de Celso Hernández; por la presunta comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto .....