DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 22 de abril de 2010 dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró Parcialmente con Lugar la demanda incoada por los Apoderados Judiciales Abogados EUGENIO JOSÉ CRISOSTOMI y GERSON TORRES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro.15.958 y 120.916 respectivamente, de los ciudadanos FLOR CAMEJO, ARGENIS CARRASQUEL, RAFAEL PEREZ, HENRY SOLORZANO, YESENIA REYES, ROSA MONTOYA, RICHARD ROSALES, MIRIAN JIMENEZ, CARMEN HERNANDEZ, ISBELIA VARGAS, MILCA REBOLLEDO, RAUL SILVA, GEYZY GUTIERREZ Y LUIS DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 14.342.288, 11.759.383, 4.998......